LICENCIAS
Gestionamos su licencia
LICENCIAS
Las licencias son actos administrativos por el cual la administración generalmente el ayuntamiento, da permiso o autorización al acto objeto de la licencia. Una licencia es un acto reglado. La solicitud de una licencia implica el pago de unas tasas que dependen de cada ayuntamiento.
Las principales licencias que nos puede pedir el ayuntamientos son:
- Licencias de obra
- Licencia de primera ocupación
- Licencia de actividad,
- Licencia apertura o funcionamiento
Licencias de Obra
La licencia de obra son los permisos necesarios para acometer cualquier obra de reforma, rehabilitación, cambio de uso, legalización y obra nueva.
- Las obras de poca entidad, que no afecten a la estructura del edificio o algún elemento catalogado, no requiere proyecto técnico, la tramitación en este caso es más sencilla y no requiere la intervención de ningún técnico.
- Obras que precisen proyecto técnico, en este caso es preciso la intervención de un técnico, arquitecto para viviendas, que redacte un proyecto y dirija las obras proyectadas
Licencias de Primera Ocupación
La licencia de primera ocupación se solicita una vez terminadas las obras, tiene como objeto acreditar que las obras realizadas han sido ejecutadas de acuerdo al proyecto y condiciones que fue concedida la licencia.
Necesitan licencia de primera ocupación las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación y los cambios de uso.
Licencias de Actividad
La licencia de actividad es preceptiva para poder implantar actividades.
Necesitan licencias de actividad todas las actividades sometidas a control ambiental, las sometidas a la Ley de Espectáculos Públicos y actividades Recreativas, los establecimientos hoteleros, los garajes para más de 5 vehículos, las actividades industriales, aquellas que incluyan instalaciones radioactivas incluyendo las que se emplean para diagnóstico o tratamiento médico.
Licencias de Apertura o Funcionamiento
Al igual que las licencias de primera ocupación su objeto acreditar que las obras realizadas han sido ejecutadas de acuerdo al proyecto y condiciones que fue concedida la licencia, en este caso la licencia de actividad.
Los locales regulados en la Ley de Espectáculos Públicos y actividades recreativas de la comunidad de Madrid, necesitan previamente a su puesta en marcha la licencia de apertura o funcionamiento
Nos encargamos de todo
Diza arquitectos, tramita en el ayuntamiento correspondiente su licencia, informándole de los trámites, aconsejándole y acompañándole en todo el proceso hasta la concesión definitiva de la licencia. Nos preocupamos de informarnos en los ayuntamiento de los requisitos a cumplir para la concesión de la licencia, con visitas a los técnicos municipales y nos ocupamos de subsanar cualquier dificultad que impida la concesión de la licencia.